Se acercan las fiestas, pródigas en feriados periféricos, y es muy probable que el 23 se sume al 24 de diciembre para hacer un fin de semana largo de 4 días, y que algo parecido ocurra con el 30 y el 31, para luego continuar con la temporada estival de vacaciones. Todo ello suma a los temas de siempre el asunto del costo de los boletos de los buses de larga distancia, que los argentinos llamamos, vaya a saberse por qué, “micros” (cuando son justamente los más grandes de toda la gama de omnibuses, lo que en todo caso ameritaría el apelativo de “magnos”).
Todavía recuerdo mis primeros viajes después de terminada la secundaria, a visitar unos parientes (en verdad, unos amigos que eran como de la familia) en el interior. Para hacer unos 700 km, en el mejor “micro” de la época (3 asientos por fila, uno individual y otro doble), denominado “Súper-cómodo”, gastaba $ 35, que para la época, con la Convertibilidad flamante, eran por supuesto 35 dólares.
Luego, a partir de 1993, con la desregulación de la época, fueron apareciendo otros servicios, denominados “Ejecutivos”, que tenían doble piso, butacas muy amplias y reclinables, y un montón de paqueterías, como almohadita, frazada, y a veces hasta una azafata y comida caliente. Esos servicios de alta gama se situaban en torno a los $ 45, y no podían ser mucho más caros, porque LAPA cobraba el pasaje en avión, entre $ 55 y $ 75 de acuerdo al horario y la banda negativa.
Pasados esos precios a dólares, en la nueva Convertibilidad del 4 a 1 se trataría entonces, de $ 140 para el “Súper-cómodo” y de $ 180 para el Ejecutivo de la azafata y la comida caliente.
Sin embargo, los pasajes en el equivalente al “Súper-cómodo” (lo que a partir del DNU Nº 2407/02 es “Semi Cama”, para ese mismo destino, salen $ 190, y los pasajes equivalentes al “Ejecutivo”, es decir, “Cama Suite” salen $ 250. Es decir, un 35,7% y un 38,9% más caros, respectivamente, que la simple multiplicación de los precios de la Convertibilidad x 4.
Más precisamente, significan una multiplicación de los respectivos precios x 5,43 (el Semi Cama) y x 5,56 (el Cama Suite). Lo que sugiere una eurización de la evolución de los precios, antes que una dolarización.
Claro que es difícil establecer, con los pasados tiempos, una comparación eficaz, pues regían por ese entonces las bandas tarifarias, que permitían una gran variabilidad de las tarifas, dependiendo el día en que se viajaba, la estacionalidad, etc.
Ahora las bandas tarifarias han desaparecido, y la variabilidad se reduce a un 5% máximo (Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 181/2010).
El perro, en tanto, se lo meten al usuario con las categorías de los vehículos. Por empezar, ya no hay prácticamente disponibilidad en vehículos de baja categoría (y por tanto, más económicos). El mismo progreso tecnológico los ha sacado del mercado. De modo tal, que si antes uno estaba seco y necesitaba viajar, disponía de algún servicio a la mitad del valor del más caro. Ahora la diferencia de precio máxima verificable entre el mejor y el peor servicio es del 30 al 33%, y de los más malos casi no hay. Al menos en los papeles, porque te venden pasajes en coches que teóricamente son casi platos voladores, y cuando te subís, tenés espacio sólo para doblar las rodillas como costurera y reclinarte 45º.
A continuación, se expone un desarrollo de la evolución tarifaria post-devaluación, el cual es bastante ilustrativo acerca del comportamiento del Estado, en su faz regulatoria, frente al fenómeno inflacionario que paralelamente dice desconocer o considera una mera sensación de clase media… Es claro, los pobres deben viajar a lomo de burro o en la caja vacía de un camión.
Esa variabilidad tarifaria, es decir, inflacionaria, demuestra un incremento interanual de las siguientes características:
Año | Incremento interanual promedio |
2002 | 40% |
2006 (*) | 47% |
2007 | 35% |
2008 | 57% |
2009 | 36% |
* El incremento 2002-2006, de alrededor de 140%, está prorrateado entre los años 2003, 2004 y 2005.
Evolución de las tarifas de los micros de larga distancia.
Modificaciones en la tarifa de referencia:
1) Decreto Nº 2407/2002
Fecha: 28 noviembre 2002
Incrementos según servicio:
-Común con Aire: + 40%
-Semi Cama y Cama-Ejecutivo: + 40%
-Cama Suite: + 40%
Razones enunciadas: “Los grandes desequilibrios producidos en los últimos años en todos los ámbitos de la economía nacional generaron una situación de crisis general de tal gravedad y magnitud que determinó la sanción de la Ley Nº 25.561, que establece la emergencia pública y la reforma del régimen cambiario, con el objeto de que el Poder Ejecutivo Nacional proceda al reordenamiento, reactivación, crecimiento y reestructuración del sistema económico, financiero, cambiario, social y administrativo del Estado Nacional. Este marco coyuntural afectó profundamente a las empresas de capitales privados que operan como permisionarias del sistema de transporte automotor de pasajeros de larga distancia. Particularmente, los motivos de la crisis arraigada en el sector son, entre otros, la restricción crediticia general que impide el financiamiento de la actividad; el efecto de la devaluación de la moneda que produjo incrementos en los precios y dolarizó el valor de los repuestos, modificando la estructura de costos, por consecuencia; el colapso de las empresas aseguradoras que trasladó los pasivos por indemnizaciones contratadas a las aseguradas; la creación de nuevos impuestos y el aumento de los existentes que incrementó la presión tributaria; la disminución de la demanda de servicios y la proliferación de la oferta de transporte irregular y clandestino, entre otros de menor envergadura”.
2) Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 608/2006
Fecha: 8 septiembre 2006
Incrementos según servicio:
-Común con Aire: + 82%
-Semi Cama y Cama-Ejecutivo: + 96%
-Cama Suite: + 110%
Razones enunciadas: “actualmente las empresas del sector deben afrontar un significativo y creciente aumento de los costos salariales”.
3) Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 498/2007
Fecha: 1 noviembre 2007
Incrementos según servicio:
-Común con Aire: + 114,2%
-Semi Cama y Cama-Ejecutivo: + 129,6%
-Cama Suite: + 145%
Razones enunciadas: “actualmente las empresas del sector deben afrontar un significativo y creciente aumento de los costos salariales”.
4) Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 726/2008
Fecha: 30 septiembre 2008
Incrementos según servicio:
-Común con Aire: + 185%
-Semi Cama y Cama-Ejecutivo: + 203,5%
-Cama Suite: + 222%
Razones enunciadas: “actualmente las empresas del sector deben afrontar un significativo y creciente aumento de los costos salariales”.
5) Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 257/2009
Fecha: 3 diciembre 2009
-Común con Aire: + 213%
-Semi Cama: + 259,5%
-Cama-Ejecutivo: + 287,5%
-Cama Suite: + 341% (4,4 veces)
Razones enunciadas: “Estudio de mercado” realizado por la CNRT.